Este lunes 24 de junio, a través de la resolución 1926/2024 publicada en el Boletín Oficial, quedó sin efecto la normativa que ordenaba a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) fijar los valores y desde este lunes serán las entidades las que definan las actualizaciones.
“Estos cambios impulsan la libre competencia entre los Agentes del Sistema del Seguro de Salud y que los beneficiarios elijan con mayor libertad”, explicó la SSS en un comunicado.
Por lo que decidieron eliminar “de toda injerencia de la autoridad de aplicación en los valores de los coseguros tanto para los Agentes del Seguro de Salud como para las Entidades de Medicina Prepaga, permitiendo que aquellos sean fijados libremente, con el objetivo de garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud, asegurando al mismo tiempo que los usuarios conozcan claramente qué servicios pueden requerir un costo adicional".
Si bien las actualizaciones impactarán en todas las prestaciones médicas, aclararon que las consultas que continúan exceptuadas son las vinculadas a tratamientos oncológicos, discapacidad, Plan Materno Infantil y Ley 1000 días, y las previstas en las normativas para el tratamiento de VIH, Hepatitis virales, y otras afecciones de transmisión sexual – ITS, y Tuberculosis – TBC. También, algunos programas preventivos y las prestaciones comprendidas por el Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas y por la Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células.
Escucha Radio Popular San Luis en vivo: https://radiopopularsanluis.com.ar/radio